Protección de datos para cofradías, hermandades y entidades religiosas

Las entidades religiosas pueden tratar datos de categoría especial según el RGPD. Conocemos su realidad y ofrecemos documentación adaptada, revisión anual y acompañamiento profesional.

¿A quién va dirigido?

Cofradías y hermandades

De Semana Santa y otras advocaciones

Juntas mayores y federaciones

De cofradías y entidades religiosas

Asociaciones de fieles

Públicas y privadas

Entidades parroquiales

Vinculadas a parroquias o diócesis

Comunidades religiosas

Y congregaciones

Otras entidades religiosas

Con cualquier tipo de actividad

¿Por qué es especialmente importante en entidades religiosas?

El artículo 9 del RGPD considera categorías especiales de datos —con protección reforzada— aquellos que revelan convicciones religiosas o filosóficas. Una cofradía o hermandad puede estar tratando categorías especiales cuando gestiona la condición de hermano o cofrade, la participación en actos religiosos, imágenes de procesiones, datos de menores o donaciones.

Esto no significa que todo esté prohibido, sino que requiere una base jurídica adecuada, documentación correcta y una gestión cuidadosa.

¿Qué hacemos?

Análisis del tipo de datos y la base jurídica que ampara cada tratamiento
Documentación adaptada a la naturaleza específica de la entidad
Registro de actividades de tratamiento
Política de privacidad y cláusulas informativas específicas
Protocolo para datos de menores y publicación de imágenes
Formación para el equipo directivo y revisión anual

¿Quieres saber qué documentación necesita tu entidad religiosa?

Sin compromiso · Sin coste · Respuesta en 24 horas laborables

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